Si trabajaste cotizando al IMSS, te pensionas bajo una de dos leyes — y la diferencia entre ellas puede significar literalmente millones de pesos a lo largo de tu retiro. La Ley 73 es de las más generosas del mundo. La Ley 97 te deja a merced de lo que hayas ahorrado en tu AFORE. Saber bajo cuál régimen te toca es el primer paso para planear tu pensión.
Si empezaste a cotizar al IMSS antes del 1° de julio de 1997, tienes derecho a pensionarte bajo Ley 73. Si empezaste después, te aplica Ley 97. La Ley 73 paga, en promedio, 2 a 4 veces más que la Ley 97 para perfiles equivalentes.
El parteaguas: 1° de julio de 1997
El 1° de julio de 1997 entró en vigor una reforma profunda al sistema de pensiones de México. Antes de esa fecha, las pensiones IMSS funcionaban bajo un esquema de beneficio definido y reparto solidario — el Estado garantizaba una pensión calculada con base en tu salario y semanas cotizadas. Después de esa fecha, México migró a un esquema de cuentas individuales administradas por AFOREs, donde tu pensión depende de cuánto lograste ahorrar.
La regla para saber a qué régimen perteneces es muy simple:
- Si tu primer registro de cotización al IMSS es anterior al 1° de julio de 1997 → Ley 73 (aunque hoy cotices en otro régimen).
- Si tu primera alta al IMSS ocurrió en julio de 1997 o después → Ley 97.
Lo importante: basta con haber cotizado una sola semana antes de julio de 1997 para tener derecho a elegir Ley 73 al momento de pensionarte. Esto es lo que se conoce como el "derecho de transición".
¿Cómo saber bajo qué ley estoy?
Tienes varias formas de comprobarlo:
- Tu Constancia de Semanas Cotizadas — la puedes descargar desde el portal del IMSS con tu NSS y CURP. Revisa la fecha de tu primer registro patronal.
- Tu estado de cuenta AFORE — si tienes saldo en SAR 92-97 (subcuenta), significa que cotizaste antes de 1997 y eres Ley 73.
- Tu primer recibo de nómina IMSS — si guardaste papeles viejos, la fecha lo confirma.
- Asesoría profesional — un asesor puede revisar tu expediente IMSS y darte certeza en minutos.
Las diferencias clave entre ambos regímenes
| Característica | Ley 73 | Ley 97 |
|---|---|---|
| Modelo | Beneficio definido (reparto) | Cuenta individual (AFORE) |
| Cálculo de pensión | Fórmula del Art. 167 LSS (% del SDP) | Saldo acumulado en AFORE |
| Semanas mínimas | 500 semanas | 1,000 semanas |
| Edad de retiro | 60 (Cesantía) / 65 (Vejez) | 60 (Cesantía) / 65 (Vejez) |
| Garantía de pensión mínima | $10,636 (PMG 2026) | $10,636 (PMG 2026, si cumple 1,000 sem) |
| Posibilidad de Modalidad 40 | SÍ, multiplica pensión hasta 4x | NO aplica |
| Aguinaldo | 1 mes completo cada año | Depende del esquema contratado |
| Asignaciones familiares | SÍ (esposa, hijos, padres) | NO |
| Pensión típica | $15,000 a $80,000 MXN/mes | $5,000 a $15,000 MXN/mes |
¿Por qué la Ley 73 es tan superior?
La Ley 73 tiene 3 ventajas estructurales que la hacen mucho más generosa:
1. Fórmula garantizada
Tu pensión se calcula con una fórmula definida en el Artículo 167 de la Ley del Seguro Social. Si tu SDP es alto y tus semanas son muchas, tu pensión va a ser alta — sin importar cuánto haya en tu AFORE. El Estado garantiza el pago.
2. Permite Modalidad 40
Como la pensión se calcula con base en el promedio de las últimas 250 semanas de cotización (≈5 años), puedes inscribirte voluntariamente en Modalidad 40, cotizar con un salario más alto durante ese período, y elevar drásticamente tu SDP. Es la jugada legal más potente que existe para multiplicar tu pensión hasta 4 veces. Esto no es posible bajo Ley 97.
3. Incluye asignaciones familiares
Bajo Ley 73 recibes pagos adicionales si tienes esposa(o), hijos menores o padres dependientes — entre 10% y 15% de la pensión por cada uno. Ley 97 no contempla esto.
Dos trabajadores con el mismo perfil — 30 años cotizando, salario de $30,000/mes, 60 años. Uno entró al IMSS en 1995 (Ley 73), el otro en 2000 (Ley 97).
Ley 73: Pensión sin Mod40 ≈ $18,000/mes. Con Mod40 5 años ≈ $50,000/mes.
Ley 97: Saldo AFORE típico ≈ $1,500,000. Pensión ≈ $7,000-$9,000/mes (renta vitalicia).
Diferencia a 20 años de pensión: Ley 73 con Mod40 paga aproximadamente $9.8 millones más que Ley 97.
¿Puedo elegir entre Ley 73 y Ley 97?
Solo si cotizaste antes de julio de 1997. En ese caso, el IMSS te da la opción al momento de pensionarte. En el 99% de los casos, Ley 73 es la mejor opción — pero un asesor debe verificarlo según tu perfil específico.
Si cotizaste por primera vez en julio de 1997 o después, no hay opción: te toca Ley 97.
¿No sabes bajo qué ley te toca?
Calcula tu pensión y nuestro sistema identifica automáticamente si eres Ley 73, cuántas semanas tienes y cuánto podrías recibir con o sin Modalidad 40.
Calcular mi pensión →¿Y si me tocó Ley 97? ¿Estoy perdido?
No exactamente, pero las opciones son más limitadas. Si eres Ley 97, tus mejores estrategias son:
- Aportaciones voluntarias a tu AFORE — depositar más allá del 6.5% obligatorio para acumular más saldo.
- Maximizar tu salario base de cotización en los últimos años — sube tu SBC reportado al IMSS.
- Diversificar tu retiro — combinar AFORE con ahorro privado, bienes raíces o inversiones.
- Verificar si calificas bajo Ley 73 — a veces personas que creen ser Ley 97 sí tienen semanas anteriores a julio 1997 y no lo saben.
El gran riesgo: creer que no eres Ley 73 cuando sí lo eres
Es muy común que personas que cotizaron poco tiempo antes de 1997 (incluso semanas sueltas) crean que son Ley 97. Esto es un error costoso. El IMSS puede tener registros antiguos que no aparecen en consultas digitales rápidas. Por eso es crucial obtener tu Constancia de Semanas Cotizadas completa y revisar el historial detalladamente.
Hemos visto casos de clientes que estaban convencidos de ser Ley 97 y, al revisar el expediente, descubrimos cotizaciones de los años 90 que les daban derecho a Ley 73 — multiplicando su pensión esperada.
Resumen ejecutivo
- Ley 73: cotizaste antes de julio 1997. Pensión calculada por fórmula. 500 semanas mínimas. Permite Mod40.
- Ley 97: primera cotización en julio 1997 o después. Pensión por saldo AFORE. 1,000 semanas mínimas. No permite Mod40.
- Ley 73 paga 2 a 4 veces más que Ley 97 para perfiles equivalentes.
- Si dudas bajo qué ley te toca, revisa tu Constancia de Semanas o consulta a un asesor.
- Si eres Ley 73, Modalidad 40 es tu mejor herramienta para multiplicar la pensión.